En el marco del Plan de Aceleradoras Culturales, financiado por los fondos Next Generation de recuperación para Europa, la Junta de Castilla y León abre, el 23 de enero de 2023, el plazo de solicitud para acceder a dicha ayuda. Cada comunidad autónoma irá publicando, a lo largo del año, sus plazos y condiciones para el acceso a estas ayudas.
Beneficiarios de la subvención – ¿Para quién está destinada?
Empresas privadas, tanto personas físicas como jurídicas, que tengan la condición de microempresas, pequeñas o medianas empresas en Castilla y León.
¿Cuánto? – Cuantía máxima
La cuantía máxima subvencionable será del 80% del total del proyecto, siendo el límite máximo 100.000 € y el límite mínimo de la subvención que se conceda la cantidad de 20.000 € distribuidos de la siguiente manera:
- LÍNEA DE ACTUACIÓN 1: máximo 30.000 euros (con el límite del 80% del coste total de los gastos de esta LÍNEA DE ACTUACIÓN) y mínimo 6.000 euros. En todo caso, la cuantía deberá estar entre un 30% y un 35% del total concedido.
- LÍNEA DE ACTUACIÓN 2: máximo 70.000 euros (con el límite del 80% del coste total de los gastos de esta LÍNEA DE ACTUACIÓN) y mínimo 14.000 euros. En todo caso, la cuantía deberá estar entre un 65% y un 70% del total concedido.
Serán subvencionables aquellos proyectos en donde el presupuesto total del proyecto alcance un mínimo de 25.000 €.
¿Cuándo? – Fechas para presentar la solicitud
Se pueden presentar solicitudes desde el 23 de enero hasta el 6 de febrero de 2023.
¿Dónde? – Ámbito territorial de la subvención
Castilla y León.
¿Cómo? – Requisitos principales para tramitarla
Las empresas privadas, tanto personas físicas como jurídicas, que tengan la condición de microempresas, pequeñas o medianas empresas (PYMES), deben tener domicilio fiscal o sede social en Castilla y León, que pertenezcan a las ICC, en concreto al ámbito de las artes escénicas, de las artes visuales y audiovisuales, de la música, y de la cultura digital y editorial.
Las personas físicas que manifiesten su compromiso de constituirse como empresas o autónomos del ámbito de actividad especificado en el párrafo anterior, deben tener también sede social o domicilio fiscal en Castilla y León, en caso de resultar beneficiarios de la subvención, debiendo cumplir dicho compromiso antes de la finalización del plazo de justificación.
El proyecto o proyectos subvencionados y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre 1 de enero de 2022 y el 31 de agosto de 2023, ambos inclusive.
Serán subvencionables todos aquellos proyectos que alcancen la puntuación mínima exigida, que se establece en 40 puntos.
Plazo de resolución
El plazo para resolver y publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León la resolución será de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Convocatoria oficial
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