Ayudas convocadas por el Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas, correspondientes al año 2023.
Son unas de las ayudas más importantes de las industrias culturales y creativas.
Objeto y finalidades
Financiar proyectos digitales o tecnológicos que contribuyan a modernizar e innovar las industrias culturales y creativas que actúen en alguno de los siguientes sectores: arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos medios de comunicación, patrimonio cultural, publicidad, radio y televisión y turismo cultural.
Los proyectos deben cumplir alguna de las siguientes finalidades:
- Promover las inversiones para la creación y difusión de contenidos digitales culturales en productos y servicios
- Promover las inversiones que permitan la modernización, innovación y desarrollo tecnológico de las industrias culturales y creativas
- Incrementar la generación de empleo fomentando el desarrollo y la profesionalización del sector de las industrias culturales y creativas, así como ayudar a la consecución de la igualdad de género en el mismo
- Impulsar la dinamización, vertebración e internacionalización de las industrias culturales y creativas, para contribuir a la imagen de España como potencia cultural mediante aplicaciones vinculadas a Internet y a las nuevas tecnologías.
- Estimular la financiación privada y el mecenazgo en proyectos culturales
Beneficiarios de la subvención – ¿Para quién está destinada?
Autónomos, las pequeñas empresas y las microempresas con residencia fiscal en España.
Quedan excluidas: administraciones públicas y otros entes públicos, entidades sin ánimo de lucro, así como las agrupaciones de interés económico (AIE), las comunidades de bienes (CB) y las uniones temporales de empresas (UTE).
Ejemplos de beneficiarios de esta ayuda pueden ser promotores, organizadores de festivales, entidades de gestión, creadores de contenidos, oficinas de management e incluso directamente artistas.
¿Cuánto?
El importe máximo imputable a la convocatoria será de 2.940.000 €.
La cuantía máxima de la ayuda se calculará en función de la puntuación obtenida en los criterios de valoración, con un máximo del 80% del total del proyecto.
Como mínimo, el 20% del proyecto debe financiarse con fondos propios o con otras aportaciones públicas o privadas.
¿Cuándo? – Fechas para presentar la solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el BOE.
ACTUALIZACIÓN: El plazo de apertura va desde el 05 de mayo de 2023 hasta el 26 de mayo de 2023 a las 14:00.
¿Dónde? – Ámbito territorial de la subvención
Nacional
¿Cómo? – Requisitos principales
- Podrá presentarse un máximo de una solicitud por titular. La solicitud sólo contemplará un proyecto.
- Dependiendo de si el solicitante es persona jurídica o autónomo, tendrá distinciones en la documentación a presentar.
- Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas.
Período de ejecución
- El proyecto debe ejecutarse entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024
- La fecha de las facturas de gasto tendrá como fecha límite el 30 de junio de 2024
- Los justificantes de pago tendrán como fecha límite el 30 de septiembre de 2024
Gastos subvencionables
Todos aquellos generados directamente de la actividad para la que se concede la ayuda, durante el plazo de ejecución y abonados antes de acabar el plazo de justificación. Como orientación (no limitativa). Tipos:
- Inmovilizados intangibles (investigación, desarrollo, propiedad industrial, aplicaciones informáticas)
- Inmovilizaciones materiales (instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, equipos de oficina, equipos para procesos de información)
- Gastos con limitaciones:
- retribuciones mendiante nónima de los socios de la empresa (máximo un 20% del importe de la ayuda y relacionado con la actividad subvencionada)
- en caso de autónomos, el trabajo realizado para la ejecución del proyecto (máximo del 20% del importe de la ayuda)
- Gastos de promoción, publicidad y difusión (máximo 30% de la ayuda concedida)
- Gastos excluidos de la ayuda pero incluidos en el proyecto (alquileres de locales, alquiler de equipos, gastos ordinarios de gestión y administración (hasta un 25% del total de gastos financiado con aportaciones ajenas a la ayuda), dietas y gastos de viaje, premios, y facturas de socios de la entidad beneficiaria por trabajos para la ejecución del projecto
Criterios de valoración
- La adecuación de la actividad proyectada al logro de las finalidades previstas en la convocatoria (hasta 35 puntos, 7 puntos cada una).
- Planteamiento económico del proyecto (hasta 24 puntos)
- La viabilidad y especificidad del proyecto (hasta 25 puntos)
- Innovación, calidad artística y técnica del proyecto (hasta 16 puntos)
¿Qué es el Radar de subvenciones musicales de Incentiva Music?
Incentiva Music, mediante su herramienta «Radar de Subvenciones» detecta y facilita las ayudas públicas más relevantes del sector musical.
Esta herramienta está dirigida a empresas y profesionales del sector musical, como promotores de conciertos, festivales, salas, oficinas de management, productores, artistas, sellos… siendo un aliado para conseguir nuevas vías de financiación para los proyectos de la industria.
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