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Si has llegado hasta aquí, ya conoces la rentabilidad del incentivo fiscal cultural. Pero quizás no sepas por dónde empezar. En esta guía explicamos, de forma práctica y sencilla, cómo aplicar la deducción del 120% del artículo 39.7 de la LIS, desde el cálculo de la inversión hasta la comunicación a Hacienda

Aprovecha las deducciones fiscales culturales

1. Cálculo de la inversión

El primer paso para contratar una operación de financiación cultural (art. 39.7 LIS) es calcular cuánto puedes invertir:

  • Puedes invertir hasta un máximo del 50% de tu cuota íntegra (de lo que vas a pagar), así que, para optimizar tu incentivo al máximo, es imprescindible hacer una previsión sobre el resultado del año para calcular el pago aproximado del impuesto
  • Si por algún motivo, calculas mal e inviertes más del 50%, la deducción puede ser aplicada hasta en los 15 ejercicios siguientes. Quizá no sea tan atractivo a nivel financiero, pero no tiene consecuencias más allá de incrementar el tiempo de retorno fiscal de tu aportación.

🔎 En este momento, también es aconsejable resolver tus dudas a nivel técnico con un despacho especializado, por ejemplo, los riesgos de la operación, de dónde viene la deducción que aplico, cómo funciona la normativa, en qué se fija Hacienda… Para enterarse bien del funcionamiento del incentivo y evitar problemas en el futuro.

2. Encontrar un proyecto

Es importante elegir un proyecto que asegure la mayor garantía jurídica. Hay muchos indicios para poder evaluarla (sobre todo la certificabilidad del mismo) y aquí, el conocimiento del sector y la prudencia del despacho que lleve tu deducción es crucial.

Por ejemplo, es aconsejable evitar actividades que hagan espectáculos de manera accesoria (un ejemplo es la hostelería), pues son un foco de contingencia fiscal y, desgraciadamente, existen asesores que las ofrecen vía 36.3 LIS, lo cual desacredita el sistema de incentivos en global.

Además, es un plus encontrar un proyecto idóneo para tu actividad. En Incentiva ponemos mucho énfasis en buscar al promotor más adecuado, en función de las sinergias existentes, del volumen de la inversión y de otros parámetros.

Muchas empresas y autónomos encuentran en los proyectos culturales y eventos musicales un escaparate perfecto para mostrarse ante su público objetivo y establecer patrocinios, pues las acciones promocionales en eventos, además de estar ya segmentadas, abordan al cliente potencial de forma menos intrusiva .

Además son acciones en línea con el desarrollo en políticas de RSC y ODS. Si quieres que busquemos un proyecto adecuado para ti, entre nuestros clientes hay una variedad muy amplia de géneros y tipos de proyecto, además de estar repartidos por todo el territorio nacional.

3. Firma de contrato y transferencia

Este es uno de los requisitos que exige la normativa: Firmar un contrato de financiación, cuyo objeto es la cesión del crédito fiscal que se genera en sede del promotor, y realizar la aportación monetaria hacia el proyecto cultural.

4. Solicitud del certificado INAEM / ICAA

Se solicita con posterioridad al ingreso, tal y como requiere la normativa. Es muy común que se ofrezcan proyectos «certificados», lo cual es una imprecisión habitual en muchos despachos, y un indicio de conocimiento superficial de la normativa.

En cuestión de certificados, es realmente importante aliarse con un experto. En Incentiva tenemos un 100% de éxito en obtención de certificados, y el expertise de saber, antes de comenzar a trabajar, cuándo un proyecto es certificable y, sobre todo, cuándo no. Este es uno de los valores clave que ofrecemos.

5. Comunicación a AEAT

    El último requisito del proceso es comunicar la operación a la Agencia Tributaria, para que tengan constancia de la misma, reuniendo toda la documentación oportuna.

    6. Revisar bien la contabilización y declaración del incentivo en el modelo correspondiente

      No olvides que hay que contabilizar toda la operación después de concluirla, además de declararla en el modelo 200 en caso de Sociedades o en el 100 en el caso de autónomos.

      Preguntas frecuentes sobre el artículo 39.7 LIS

      ✅ ¿Qué es una operación de financiación cultural 39.7 LIS?
      Es un mecanismo que permite a empresas y autónomos invertir en proyectos culturales y obtener una deducción fiscal del 120% sobre lo aportado.

      ✅ ¿Qué pasos debo seguir para contratar una operación 39.7?
      El proceso incluye: cálculo de la inversión, elección de proyecto, firma de contrato, transferencia, solicitud de certificado, comunicación a Hacienda y contabilización.

      ✅ ¿Qué beneficios tiene además del ahorro fiscal?
      Visibilidad de marca en eventos culturales, acciones de patrocinio alineadas con RSC y participación activa en la promoción cultural.

      ✅ ¿Cuáles son los riesgos?
      Los principales riesgos provienen de elegir proyectos con baja garantía jurídica o no cumplir los requisitos formales.

      Foto de Andre Taissin en Unsplash