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La Dirección General de Tributos ha emitido una consulta en virtud de la cual se abre la posibilidad de que un inversor interesado en las deducciones generadas en la producción de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales pueda invertir en varios productores distintos. Esto aumenta su capacidad de inversión máxima y, por lo tanto, el importe máximo de deducción al que pueda tener acceso, sin estar limitado por los 500.000 euros de deducción que sí aplica a los productores de dichos espectáculos.

Anteriormente, en el sector existían dudas de que un inversor pudiese aplicar una deducción mayor a 500.000 euros, ya que se entendía que, en una interpretación finalista de la norma, la Ley no permitía esa posibilidad al establecer que el importe de la deducción para el financiador debía determinarse “en las mismas condiciones que se hubieran aplicado al productor”.

Aprovecha las deducciones fiscales culturales

Inversión en varios proyectos culturales

En este sentido, en la consulta que ahora nos ocupa, el consultante se cuestiona:

si, bajo un contrato de financiación de los previstos en el artículo 39.7 de la LIS, el límite de 500.000 euros por contribuyente establecido en el artículo 36.3 de la LIS no aplica, en ningún caso, para el financiador que participa de más de un espectáculo en vivo y, por tanto, en el supuesto en que existiesen varios productores o promotores de espectáculos en vivo, que son financiados por el mismo contribuyente, existiría una deducción por cada evento individualmente considerado para el financiador, no sujeto de esta manera al límite global de 500.000 euros”.

Y, ante ello, la D.G.T establece lo siguiente:

En el supuesto de que el contribuyente (financiador) participase en la financiación de varios espectáculos en vivo producidos por distintos productores, tendrá derecho a aplicar la deducción que le corresponda en los términos previstos en el artículo 39.7 de la LIS, atendiendo a las cantidades aportadas en los distintos espectáculos en vivo financiados, tomando en consideración que, en ningún caso, el importe de deducción que tendrá derecho a aplicar podrá superar el límite de 500.000 euros por productor y período”.

Acceso a mayores beneficios fiscales para grandes empresas

Esto, evidentemente, resulta especialmente interesante para grandes contribuyentes cuya cuota a pagar del Impuesto sobre Sociedades o del IRPF resulte especialmente elevada, ya que les permitirá acogerse a una deducción mucho mayor y con una rentabilidad intrínseca del 20%.

Desde Incentiva Music tenemos un gran expertise en la asesoría financiera y fiscal de promotores culturales y contacto directo para que los inversores puedan acogerse a las deducciones fiscales que les permitan obtener una optimización de su carga tributaria, además de generar grandes oportunidades en cuanto a RSC o posibles patrocinios.

Sobre Incentiva Music

Incentiva Music es la plataforma especializada en deducciones por espectáculos en vivo.

La herramienta está concebida bajo un modelo innovador y transparente, con el objetivo de facilitar proyectos culturales solventes a inversores interesados en adquirir deducciones y en el ahorro fiscal que implica, con la máxima garantía jurídico tributaria. También nos ocupamos de la planificación, estructuración y gestión de todo el proceso, mediante la asesoría profesional de Sympathy for the Lawyer, la firma legal referente en la industria musical española.

Incentiva Music cuenta con el Sello Cultura y Mecenazgo otorgado por el Ministerio de Cultura y Deporte para reconocer aquellos proyectos que destacan especialmente en el fomento del mecenazgo cultural entre la sociedad española.