Ayudas directas para las pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas que se hayan visto especialmente afectadas por el incremento de precios de la energía provocado el pasado año por el impacto de la guerra en Ucrania.
El objetivo es cubrir los costes adicionales, provocados por la subida de los precios del gas y la electricidad desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022.
Beneficiarios de la subvención – ¿Para quién está destinada?
Pymes y Autónomos, que hayan subido el incremento en al factura energética de su negocio durante 2022
¿Cuánto?
- Pagos directos de entre 300 euros a 2.000.000 de euros, en función del sobrecoste sufrido por la empresa o autónomo.
- El cálculo de la ayuda tendrá en cuenta el denominado “precio de referencia”, esto es, el coste medio por KWh (Kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el soportado en el período de 2022, siendo la diferencia entre ambos costes aplicada al consumo realizado durante el período subvencionable, el importe de la subvención concedida.
- El cálculo de la ayuda se realizará de forma automatizada, no es necesario adjuntar documentación.
¿Cuándo? – Fechas para presentar la solicitud
Desde el 12/07/2023 hasta el 30/09/2023
¿Dónde? – Ámbito territorial de la subvención
Andalucía
¿Cómo? – Requisitos principales
- Desarrollar la actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía.
- Ser titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operan en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz.
- Se ha debido realizar durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos de la CNAE detallados en el Anexo I del Decreto-Ley, y mantenerla en el ejercicio 2022.
Proceso de solicitud
La solicitud se realiza a través de un sencillo formulario que solo requiere aportar:
- los datos personales
- señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022
- la cuenta bancaria para el ingreso de la subvención
Período subvencionable
La subvención se concederá por el importe del sobrecoste de gas natural y/o electricidad soportado en el período subvencionable del 2022, esto es, desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de ese año.
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